Asesoría Parlamentaria

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Usted buscó por: Deportes y Recreación
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20/03/2024

El tratamiento de imágenes personales en espectáculos deportivos. Normativa en Chile y estudio de casos extranjeros.

El documento ofrece una perspectiva actual de la situación de la protección de datos que rige para la obtención de imágenes faciales en el contexto de los espectáculos deportivos. Si bien esta cuenta con una habilitación legal en la ley de violencia en los estadios, Ley N° 19.327, el régimen legal aplicable es el de la Ley N°19.628 sobre protección de la vida privada. Si bien las tecnologías asociadas se encuentran muy desarrolladas, los marcos normativos vigentes en la actualidad no han seguido el mismo ritmo de avance. En ese sentido, el problema de su uso es uno que, jurídicamente, se centra en la captación, almacenamiento y uso de datos personales, y las problemáticas que pueden surgir a partir de estrategias de regulación que equilibren las políticas de seguridad y la adecuada protección de información personal.

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28/02/2024

Experiencias positivas de gestión de infraestructura tras los Juegos Olímpicos

Los parques olímpicos presentan diferentes destinos, mientras algunos han sido reutilizados, otros han sido abandonados tras terminar los eventos deportivos. En este escenario, en el año 2003, la Comisión de Estudio de los JJ. OO., del Comité Olímpico Internacional, señaló la importancia del legado, reconociendo la necesidad de garantizar que las ciudades anfitrionas y sus residentes, recibieran una herencia significativa de sedes, infraestructuras, conocimientos y experiencia. Así el siguiente documento da cuenta de experiencias y buenas prácticas en materia de gestión de la infraestructura post juegos olímpicos y también en renovación y desarrollo urbano sostenible, como parte del legado olímpico, para lo cual se usarán, como ejemplos, los Juegos Olímpicos de Sydney 2000, Londres 2012 y Tokio 2020.

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18/12/2023

Proyecto de ley que busca establecer la equidad de género en la integración de los organismos que indica. Boletín N° 15.491-37. Primer trámite constitucional.

Presentación que aborda temáticas sobre igualdad de género en posiciones de responsabilidad y liderazgo en organizaciones deportivas, esto en el contexto del proyecto de ley sobre equidad de género. Se muestran casos de organizaciones deportivas a nivel mundial y casos a nivel de países.

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18/12/2023

Entidades de control y sanciones a Federaciones Deportivas por conductas irregulares. Normativa extranjera.

El presente documento, solicitado por la Comisión de Deportes y Recreación de la Cámara de Diputadas y Diputados, da cuenta de la existencia de organismos que regulan a las Federaciones Deportivas para evitar prácticas y/o acciones irregulares. Se estudian las legislaciones de España, Francia, México y Uruguay, focalizando en la aplicación de sanciones por la comisión de eventuales anormalidades. Una federación deportiva, es una entidad formada por clubes, asociaciones locales o asociaciones regionales, cuyo objetivo es fomentar y difundir la práctica de sus respectivos deportes en el ámbito nacional; establecer las reglas técnicas y de seguridad relativas a dichas prácticas velando por su aplicación, y organizar la participación de sus deportistas en competiciones nacionales e internacionales. Todo ello de acuerdo con sus estatutos y demás normas internas o internacionales que les sean aplicables. Esto según la Ley 19.712 del Deporte de Chile, que tiene por objeto promover la actividad física y el deporte en sectores específicos de la población, tales como estudiantes, miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, trabajadores, personas en situación de discapacidad y otros. Cada federación de acuerdo a sus estatutos se integrará de clubes, asociaciones locales y/o asociaciones regionales (Subsecretaría del Interior, 2001).

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09/11/2023

Asociaciones deportivas y discapacidad: Normativa aplicable e institucionalidad.

El documento aborda el problema de las posibilidades y obstáculos que pudieren afectar la formación de asociaciones deportivas por personas con discapacidad (PcD). Para el efecto, se analizan las normas respectivas de la Ley Nº 19.712, Ley del Deporte; las normas de la Ley Nº 20.422 sobre personas con discapacidad; las normas de la Ley Nº 20.500 sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública; y la Ley Nº 19.418 que establece normas sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias. En general, puede observarse que existen normas claras para la formación de asociaciones deportivas tanto en las leyes especiales sobre deporte como en las que regulan la formación de otras tipologías de asociaciones propias de la sociedad civil. Si bien no existe un estatuto propio para las asociaciones deportivas de PcD, aquello no es obstáculo para que este grupo de población pueda acceder a la conformación de esta clase de organizaciones de acuerdo con las normas vigentes.

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13/09/2023

Gestión deportiva pública: Brasil, Francia y Australia.

En respuesta a una solicitud parlamentaria, en el presente informe, se revisa la institucionalidad y la legislación deportiva referida, en específico, a algunos aspectos vinculados a la gestión pública deportiva en Brasil, Francia y Australia, tales como la política deportiva; los organismos a cargo, sus funciones; los recursos o vías de financiamiento disponibles para cumplir con los fines perseguidos; los organismos intervinientes en la infraestructura deportiva; y las herramientas y/o encargados de la fiscalización del correcto uso de los recursos. Según el informe “Importance of Public Administration in Sports”, la gestión pública del deporte tiene como objetivo fomentar y desarrollar las actividades deportivas en toda la sociedad en su conjunto, y en primer lugar entre aquellos grupos sociales en los que estas actividades no son beneficiosas para el sector privado.

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29/06/2023

Compatibilización de estudios y deportes para escolares y universitarios.

Entrenar, viajar, competir y estudiar puede ser difícil, sin embargo, es posible equilibrar con éxito el deporte y los estudios. Más aún, según el Comité Olímpico Internacional, el combinar las carreras de atletas y estudiantes, puede ayudar a desarrollar habilidades que son vitales en ambos ámbitos, tales como, el trabajo en equipo, el compromiso, y la capacidad de establecer prioridades. El año 2012, el Grupo de Expertos sobre “Educación y Capacitación en el Deporte de la Unión Europea (UE), aprobó las Directrices UE sobre la doble carrera profesional de los deportistas, con el objeto de ejercer como una motivación para los Estados miembros en la formulación y adopción de lineamientos nacionales que sensibilizaran a los gobiernos, organismos deportivos, instituciones educativas y empleadores sobre la carrera dual.

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29/05/2023

Naturaleza jurídica de algunas agencias anti-doping en la región.

Para INTERPOL, el dopaje es el acto de consumir sustancias, a menudo ilícitas, con el objetivo de mejorar el rendimiento físico a fin de obtener una ventaja sobre los demás en las competiciones deportivas. La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) desarrolla, armoniza y coordina las normas y políticas antidopaje en todos los deportes y países, tiene su sede en Lausana, Suiza y su cuartel general en Montreal, Canadá. Como fundación suiza, los Estatutos de la AMA son aprobados y registrados por las autoridades de ese país. El máximo órgano político de la agencia es un Consejo de la Fundación, compuesto por cuarenta y dos miembros que cuenta con igual número de representantes del Movimiento Olímpico (MO) y de las Autoridades Públicas (AP). El financiamiento básico de la AMA procede del Movimiento Olímpico y de los gobiernos de todo el mundo. Esta entidad, se estructura bajo la naturaleza jurídica de una fundación privada, sin fines de lucro.

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11/04/2023

Régimen de Deportistas en las Fuerzas Armadas: Experiencias de América Latina y Europa: Brasil, México, Uruguay, España y Finlandia.

La incorporación de deportistas de alto nivel a las Fuerzas Armadas ha permitido a estas y a las selecciones de sus países la representación y obtención de múltiples medallas en Juegos Panamericanos, Juegos Olímpicos y/o Campeonatos Militares. Para los atletas, por su parte, significa el acceso a beneficios derivados del hecho de ser deportistas militares. Al integrar las filas de las ramas castrenses, los deportistas de alto nivel reciben apoyos que incluyen retribución salarial, plan de salud, vacaciones y otros beneficios, además de las instalaciones para realizar sus entrenamientos. En este sentido, el siguiente informe da cuenta de normativas e iniciativas en la experiencia comparada, destinadas a incorporar a los deportistas de alto nivel en las Fuerzas Armadas, con el propósito de facilitar su preparación técnica, entregarles ciertas prestaciones y seguridad económica. Para ello se han considerado las experiencias de Brasil, México y Uruguay, en América Latina; y de España y Finlandia, a nivel europeo.

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21/03/2023

Regulaciones del Kickboxing en Chile.

El kickboxing es un deporte de combate que puede practicarse a nivel competitivo o recreativo. En éste se entremezclan técnicas de otros deportes como el boxeo con algunas artes marciales, como el karate y el taekwondo. La Asociación Mundial de Organizaciones de Kickboxing (WAKO) es el organismo rector a nivel mundial de todos los estilos de kickboxing y sus objetivos, entre otros, son promover y popularizar este deporte, desarrollar servicios e instalaciones específicas para sus afiliados otorgando asistencia, formación y apoyo, además de elaborar reglamentos y velar por su cumplimiento, aplicación y ejecución entre sus miembros. El siguiente documento da cuenta de las modalidades de kickboxing, junto con mencionar las entidades regentes de este deporte a nivel nacional e internacional y sus funciones, para luego responder el requerimiento central relacionado con la regulación legal aplicable al kickboxing en Chile. Esta es la Ley N°18.356 de 1984 que Establece normas sobre control de las artes marciales y deroga la ley N°18.039 y, su reglamento respectivo, el Decreto 42 del Ministerio de Defensa Nacional, por el que se Aprueba el Reglamento Complementario de la Ley N°18.356, que Establece el Control de las Artes Marciales (1985). De acuerdo con el Decreto 42, son parte del concepto de artes marciales el Sikaran, Songahm, Bando, Bansahi, Full Contact y Kick Boxing, entre otros. Se exceptúan del control establecido por la norma el box, esgrima, judo, lucha, karate, taekwondo y kendo. Las autoridades fiscalizadoras son la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), las Comandancias de Guarnición de las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, que son responsables de controlar a las personas que realizan artes marciales y el uso de los implementos y materiales destinados a ellas, como también de los recintos o locales en que éstas se desarrollen, comprobando la vigencia de los permisos. A las Comandancias de Guarnición de las FFAA corresponde el otorgamiento de los permisos; junto con informar a la DGMN sobre las autorizaciones otorgadas y de la fiscalización y el control dentro de su territorio jurisdiccional

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